Lista de prioridades de reempleo (RPL)
La Lista de Prioridad de Reempleo (RPL, por sus siglas en inglés) es un programa de colocación legal administrado de conformidad con las disposiciones de la Subparte B, Parte 330 del Título 5 del Código de Reglamentos Federales (CFR, por sus siglas en inglés). En virtud de este programa, las áreas de misión/agencias del Departamento de Agricultura (USDA, por sus siglas en inglés) deben considerar la posibilidad de reempleo para sus empleados de servicio competitivo que hayan sido separados del servicio por reducción de personal (RIF, por sus siglas en inglés) o aquellos que se hayan recuperado por completo de una lesión indemnizable después de más de un año. Cada departamento/agencia federal debe mantener una RPL para cada área de desplazamientos.
¿Quién es elegible para la RPL?
Existen dos categorías de empleados que pueden optar a la RPL: los empleados separados del trabajo por RIF y los empleados que se han recuperado por completo de una lesión indemnizable después de más de un año.
(1) Empleados afectados por el RIF
Para ser elegible para la RPL, el empleado debe estar afectado por una RIF como empleado de servicio competitivo en el grupo de permanencia I o II y debe haber recibido una calificación superior a inaceptable en la última calificación o registro de desempeño anual. El empleado no es elegible si rechazó una oferta en virtud de la RIF con el mismo tipo de horario de trabajo y salario que el puesto del que ha sido o será separado.
(2) Empleados recuperados de lesiones indemnizables
Un empleado de servicio competitivo en el grupo de permanencia I o II que fue separado (o aceptó un puesto de menor categoría en lugar de la separación) debido a una lesión o discapacidad compensable tiene derecho a ser incluido en la RPL si se ha recuperado completamente más de 1 año después de que comenzó la compensación.
¿Cómo se registran los empleados elegibles en el RPL?
Para ser incluidos en la RPL, los empleados elegibles deben completar una solicitud y enviarla a la oficina de personal de servicio de su área de misión/agencia. La solicitud debe especificar el grado, la ocupación y el horario de trabajo aceptables para la persona. La oficina de personal de servicio de su área de misión/agencia debe enviar la solicitud del empleado elegible a más tardar en 10 días calendario para que se lo registre en la RPL del Departamento.
¿Cuándo pueden los empleados elegibles presentar solicitudes para la RPL?
Un empleado afectado por una RIF puede solicitar que se lo incluya en la RPL tan pronto como se emita un aviso específico de separación por RIF o se emita una Certificación de Separación Prevista. El empleado debe presentar la solicitud dentro de los 30 días calendario posteriores a la fecha de separación por RIF o perderá el derecho a ser incluido en la RPL. (Solo los empleados que realmente están separados por RIF son elegibles para la RPL, aunque el registro puede ocurrir tan pronto como se emita el aviso o la certificación específicos de RIF).
Un empleado que se recupera de una lesión indemnizable debe presentar la solicitud dentro de los 30 días calendario posteriores a la fecha en que cesa la compensación. Cuando se presenta una apelación para la continuación de la compensación, el período de 30 días comienza el día después de que se llega a la resolución.
¿Existen limitaciones en los puestos para los cuales las personas elegibles para RPL pueden registrarse?
Los inscritos en el RPL que hayan sido o serán separados por RIF tienen derecho a ser considerados para puestos en el área de desplazamientos para los cuales estén básicamente calificados y disponibles que (1) no sean de un grado superior (o equivalente), (2) no tengan mayor potencial de ascenso que el puesto del cual el empleado fue o será separado, y (3) tengan el mismo tipo de horario de trabajo. Los empleados también tienen derecho a ser considerados para cualquier grado superior que hayan tenido previamente de manera no temporal en el servicio competitivo del cual fueron degradados por reducción de personal.
Un solicitante de RPL que es elegible debido a la recuperación de una lesión indemnizable es incluido en la RPL para que se lo considere para volver a emplear en su puesto anterior o en uno equivalente. Si el solicitante no puede ser ubicado en dicho puesto en la antigua zona de desplazamientos, tiene derecho a que se lo considere prioritario para un puesto equivalente en otra parte de la agencia de acuerdo con la determinación de la agencia sobre las oportunidades de colocación.
¿Qué requisitos de calificación deben cumplir los registrantes del RPL?
Los solicitantes de RPL deben estar básicamente calificados para el puesto. Esto significa que deben cumplir con los estándares y requisitos de calificación establecidos por la Oficina de Administración de Personal (OPM) para el puesto, incluidos los requisitos educativos mínimos y los factores de selección de personal establecidos. Además, deben estar físicamente calificados, con adaptaciones razonables cuando corresponda, para desempeñar las funciones del puesto.
¿Cómo se enumeran los empleados elegibles para la condición de retención en el RPL?
El grupo de permanencia I son empleados de carrera que son elegibles para la RPL durante 2 años a partir de la fecha de ingreso en la RPL; el grupo de permanencia II son empleados de carrera condicional que son elegibles durante 1 año.
Cada grupo de antigüedad tiene subgrupos basados en la preferencia del veterano. Un subgrupo es AD, un veterano que tiene una discapacidad compensable relacionada con el servicio del 30 por ciento o más. El segundo subgrupo es A, preferencia de veteranos elegibles que no están en el subgrupo AD, y el último es el subgrupo B, empleados que no tienen derecho a la preferencia de veteranos.
¿Cuándo termina la elegibilidad de un empleado para RPL?
Un empleado que rechaza una oferta de asignación RIF en el mismo grado no es elegible para la RPL (5 CFR 330.203 (a)(4). Sin embargo, no hay autoridad en las regulaciones de la Subparte 5CFR 330-B para excluir de otra manera a un empleado de la RPL sobre la base de que un empleado rechaza: (1) una oferta de asignación RIF de grado inferior, o (2) cualquier oferta (sin importar el grado) bajo el CTAP de la agencia u otro programa de prioridad de selección.
Por ejemplo, un empleado GS-12 separado por RIF después de rechazar la oferta del puesto GS-9, ya sea como una oferta de asignación RIF o una oferta CTAP, permanece registrado en la RPL para todos los puestos desde GS-12 hasta GS-1 (si el empleado desea derechos RPL para todos los puestos posibles). Esto significa que el empleado GS-12 podría tener derechos RPL para el mismo puesto GS-9 que el empleado rechazó como una oferta de asignación RIF o como una oferta CTAP. (Freeman v. Agriculture, 2 MSPR, 224.) Para obtener una referencia, consulte el sitio web del Buscador de casos de apelaciones de reducción de personal de la OPM, ubicado en www.opm.gov .
La elegibilidad termina cuando:
(1) Un empleado renuncia, se jubila o se separa del USDA;
(2) Un empleado solicita por escrito su eliminación del RPL;
(3) Un empleado acepta un puesto de carrera o de carrera condicional; o
(4) La fecha de separación de un empleado en el RPL ha expirado.
Notificación a los empleados de la RPL
La oficina de personal de servicio de la agencia o del área de la misión debe proporcionar a los empleados elegibles información sobre la RPL en el momento en que los empleados reciben sus notificaciones RIF específicas. La notificación también debe informar a cada empleado sobre el derecho a presentar una apelación de la RPL ante la Junta de Protección de Sistemas de Mérito.
¿Dónde pueden las oficinas de personal de servicios del Área de Misión/Agencia obtener el formulario?
La hoja de registro RPL del Departamento se puede obtener en el sitio web del USDA en: Formulario de registro RPL (PDF, 439 KB)
La oficina de personal de servicio del área de la misión/agencia debe presentar la Hoja de Registro dentro de los 10 días calendario después de que un empleado elegible complete el formulario de solicitud para la RPL.
¿A dónde envían las oficinas de personal de servicio del Área de Misión/Agencia el formulario completo?
La hoja de inscripción completa debe enviarse a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, División de Políticas, a la atención de Deborah Rodríguez. Su dirección de correo electrónico es Deborah.Rodriguez@usda.gov y el número de fax es (202)720-9148.
¿Quién es responsable de actualizar la Lista RPL?
La Oficina de Gestión de Recursos Humanos (OGRH) es responsable de agregar o eliminar información en la Lista de Reclamaciones por Desempleo (RPL). Los nombres de los empleados elegibles no se incluirán en la lista.